He defendido el ideal de una sociedad democrática y libre, en la que todas las personas vivan juntas en armonia e igualdad de oportunidades. Es un ideal que espero vivir lo suficiente para ver realizado. Pero si es necesario, es un ideal por el que estoy dispuesto a morir.

NELSON MANDELA

ANECDOTARIO

El Secretario de un juzgado de violencia contra la mujer, en la intimidad, nos comentó que hoy por hoy es muy dificil "librarse" de las denuncias aun pudiendo ser falsas, debido a la gran presión de la prensa sobre los jueces.

martes, 30 de junio de 2009

Juicios de faltas sin Abogado

Para aquellas personas cuyas ex parejas padecen el síndrome de la "denuncitis aguda" a causa de cualquier cosa que de buena mañana se les cruce por la cabeza (quien dice mañana puede decir noche, tarde o mediodía) os paso a detallar como puede uno ahorrar un dinerillo en abogados.

Es bien sabido que a los juicios de faltas uno puede acudir sin abogado. Como bien sabido es que, el valiente que así procede es normalmente avasallado y machacado por la parte contraria sin derecho practicamente a réplica ni a explicarse.... causando por tanto INDEFENSIÓN a la persona acusada.

Hete aquí que, buceando por internet hemos hallado lo siguiente:

Uno puede ejercer la AUTODEFENSA en los juicios de faltas e incluso llegar a interrogar a la otra parte, si lo lleva un poco preparado.

Basándose en lo siguiente: (ya que a quien le interese se lo busque e imprima)

Ley Enjuiciamiento Criminal art 962 a 977

Derecho a la tutela judicial efectiva (art 24.1 Const. Española)

Sentencia 143/2001 Tribunal Constitucional, de 18 de junio

STC 65/2007 de 27 marzo de 2007

"Este tribunal ha declarado en numerosas ocasiones que el derecho fundamental a obtener tutela jurídica efectiva, reconocido por el art 24.1 CE, comporta la exigencia de que en ningún momento pueda producirse indefensión, lo que, puesto en relación con el reconocimiento de derecho de defensa, en el apartado 2 del mismo precepto constitucional, cuya violación denuncia el demandante de amparo, significa que en todo proceso judicial debe respetarse el derecho de defensa contradictoria de las partes"

... y como ésta sentencia muchas otras....

Asimismo el Convenio Europeo de derechos humanos en el art 6.3d reconoce el derecho de "interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren contra él"

...y de un tenor similar es el art. 14.3 e) del Pacto internacional de derechos civiles y políticos (SSTC 10/1992, de 16 de enero, y 64/1994, de 28 de febrero)” (STC 12/2006, de 16 de enero, FJ 3).


En base a lo expuesto, al entrar en la sala, se puede solicitar al juez ejercer la autodefensa. Si éste lo deniega, puede solicitarse al acabar el juicio la anulación del mismo por indefensión, y si aun así persiste en no anularlo, sabemos que, por jurisprudencia, llegados al TC, el caso deberá juzgarse de nuevo.

Doy fe de que hay jueces que permiten autodefenderse. Conozco casos.

Suerte a los que sigais mi consejo

miércoles, 24 de junio de 2009

La factura del maltrato

Cuando alguien retiene contra su voluntad a otra persona, pueden suceder varias cosas.

Lo más frecuente no obstante es que el retenido, especialmente cuando se trata de un menor, tenga miedo, y se deje por tanto retener. Privar por tanto de la libertad a un menor es fácil, en primera instancia, más si cabe cuando quien lo hace es uno de los progenitores, y además lo hace con el mayor y más poderoso de los cómplices.

Pero cuan sabio es el refranero popular español y como me gusta el refrán “ el tiempo es un juez implacable” por que si, por que lo es. Por que éste es un juez libre, no se debe a modas, miedos, presiones mediáticas, ni prejuicios sexuales, ni de condición alguna.

Y el tiempo, si la muerte no lo impide, pasa. Y pasa para todos.

Y el menor retenido contra su voluntad puede llegar a perder el miedo, e incluso puede con más tiempo tener criterio, y al cabo de un tiempecito más, puede incluso llegar a tener un discurso claro, coherente y veraz de los abusos que sufre y ha sufrido.

Entonces es cuando el más poderoso de los jueces hablará. Y cuando todos los hijos hoy retenidos contra su voluntad se liberarán, dejando atrás miedos, para gritar libertad, y elegir de ese modo a quien aman libremente, con quien viven, y como lo hacen.

La factura por tanto de la retención puede tornarse en rechazo.

Francamente, y teniendo en cuenta cuan breve es la vida y que solo la vivimos una vez, apuesto por la libertad desde el primer día. Vaya a ser que a la larga nos quedemos más solos que la una, y lo que en principio nos vino como caído del cielo, termine asfixiándonos, como asfixia a la gran cantidad de madres divorciadas cuando los retoños dejan de ser retoños, y deben a los 50 y tantos, afrontar la vida real, por no haber querido afrontarla cuando aún eran jóvenes.

martes, 9 de junio de 2009

Las viudas de género

http://es.globedia.com/viudas-genero-cristina-tenas-rosell

Acabáramos. No hay como ser “chachi progre de la muerte” para seguir queriendo hacer más demagogia y desvirtuar más la realidad. Ahora las Themis reclaman que a las ex esposas se les pague la viudedad. Derecho que se suprimió por algo tan obvio como que alguien no casado no puede enviudar. Ahora resulta que queremos divorciarnos pero no desvincularnos del chollo económico. Queremos vivir de pensiones compensatorias mientras el ex vive, y cuando fallezca de la pensión de viudedad. Pero vamos a ver…. ¿No tenemos las mujeres derecho a trabajar y queremos ser independientes? Pues seamoslo! No nos anclemos a las neo-feministas que no son más que representantes de un punto de vista retrógrado y de género represivo de un género al otro. Gritemos libertad.

Desde luego yo no quiero cobrar un duro de alguien de quien en su momento me desvinculé.O es que hay tan poca dignidad en el mundo que a cambio de pasta una ha de ceder a lo que sea?Menudo ejemplo machista para las generaciones de mujeres ahora niñas. Les pretenden enseñar que sigan dependiendo económicamente del hombre. ¿Y luego hablan de igualdad?Esperemos que alguien ponga algo de cordura en ésta legislación sexista.